Artículo 30 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de la Disposición de Órganos, Tejidos y Cadáveres de Seres Humanos
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 30 dice que los bancos de órganos, tejidos y partes del cuerpo pueden ser de diferentes tipos, como de ojos, piel, sangre y sus componentes (como el plasma). Estos bancos son lugares donde se guardan y procesan partes del cuerpo para trasplantes o tratamientos médicos. Las otras opciones (de la II a la VII, XII y XIII) están en blanco porque no se especifican en este texto. En pocas palabras, la ley solo menciona algunos ejemplos de lo que pueden almacenar estos bancos.
Texto oficial
ARTICULO 30.-Los bancos de órganos, te- jidos y sus componentes podrán ser de: l.-Ojos; 11 a VIL-............................................... ··· VIIL-Piel; ..................................... ·· .......... . IX.- ..................................... ·· .. · .... · ........ .. Jueves 26 de noviembre de 1987 DIARIO OFICIAL 31 X.-Sangre y sus componentes; XL-Plasma; XII y XIIL-............................................ . ... ~ ................................................................... "" .................................................... ..
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.