Artículo 32 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de la Disposición de Órganos, Tejidos y Cadáveres de Seres Humanos
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Los bancos de órganos y tejidos (que son como almacenes donde se guardan órganos y tejidos donados) no pueden estar solos. Tienen que trabajar junto con uno o varios hospitales o clínicas, ya sean del gobierno, de organizaciones sociales o privados. Esto es para asegurarse de que todo el proceso sea más seguro y esté bien organizado.
Texto oficial
ARTICULO 32.-Los bancos de órganos y tejidos deberán funcionar en coordinación con uno o varios establecimientos de salud de los sectores público, social o privado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.