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Artículo 18 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de la Disposición de Órganos, Tejidos y Cadáveres de Seres Humanos

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice que, si quieres investigar la cannabis, debes seguir las reglas que ya están escritas en otras partes de la ley y en los reglamentos de salud. Básicamente, no puedes hacerlo a tu libre albedrío; tienes que cumplir con los requisitos que ya se establecieron. Es como tener que seguir un manual de instrucciones antes de empezar cualquier estudio.

Texto oficial

ARTÍCULO 18. Para los fines de investigación de la Cannabis, se estará a lo dispuesto en el Título Quinto de la Ley, en el Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Investigación para la Salud, y en el presente Reglamento. CAPÍTULO II DE LA PRODUCCIÓN

Ver ley oficial en el DOF (pág. 11) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.