Artículo 5 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de la Disposición de Órganos, Tejidos y Cadáveres de Seres Humanos
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Las oficinas del gobierno que tienen que ver con estas reglas son las encargadas de aplicarlas e interpretarlas, pero cada una solo en los temas que le tocan según la ley. O sea, no es que cualquier oficina pueda decidir sobre todo, sino que cada una atiende lo que le corresponde. Esto siempre debe hacerse siguiendo lo que dice tanto la Ley principal como este Reglamento. En resumen, cada dependencia sabe qué partes le toca manejar y no puede pasarse de su área.
Texto oficial
ARTÍCULO 5. La aplicación e interpretación del presente Reglamento corresponde a las dependencias, en sus respectivos ámbitos de competencia, de conformidad con lo establecido en la Ley y el presente Reglamento.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.