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Artículo 53 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de la Disposición de Órganos, Tejidos y Cadáveres de Seres Humanos

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los importadores deben guardar los permisos para traer o sacar del país medicamentos que contengan ciertos ingredientes activos. Estos papeles se tienen que conservar por lo menos tres años. Si alguna autoridad se los pide, están obligados a mostrarlos. Eso aplica sin importar lo que digan otras leyes.

Texto oficial

ARTÍCULO 53. Sin perjuicio de otras disposiciones jurídicas, los importadores deberán conservar los permisos de Importación y Exportación de los Medicamentos que contengan Derivados Farmacológicos o Materia Prima que intervenga en su elaboración, por un periodo mínimo de tres años y estarán obligados a exhibirlos a las autoridades competentes que lo requieran, en el ámbito de su competencia.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 19) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.