Artículo 69 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de la Disposición de Órganos, Tejidos y Cadáveres de Seres Humanos
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La COFEPRIS (la autoridad que controla medicamentos y alimentos en México) te va a pedir, si quieres importar medicamentos con cannabis, que los certificados de análisis (los documentos que comprueban la calidad del producto) tengan dos firmas o avales. Una del encargado de sanidad del laboratorio que fabrica el medicamento, y otra del encargado de sanidad del laboratorio que pide el permiso para venderlo en México. Sin estos dos avales, no te van a dejar meter esos medicamentos al país. En pocas palabras, necesitas garantía de calidad tanto de quien lo hace como de quien lo va a vender.
Texto oficial
ARTÍCULO 69. La COFEPRIS requerirá que los certificados analíticos de Medicamentos que contengan Cannabis, que se importen al territorio nacional, estén avalados por el responsable sanitario o equivalente del laboratorio fabricante, y por el responsable sanitario del laboratorio que solicita el registro.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.