Artículo 70 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de la Disposición de Órganos, Tejidos y Cadáveres de Seres Humanos
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La COFEPRIS (la agencia que regula medicamentos en México) puede pedirle a la persona o empresa que importó ciertos medicamentos que le diga qué hizo con ellos. Esa persona tiene la obligación de informar a dónde fueron a parar los medicamentos que contienen ingredientes activos o materias primas. Solo aplica cuando la COFEPRIS lo solicite explícitamente. Es un requisito de transparencia para rastrear el uso de esos productos.
Texto oficial
ARTÍCULO 70. A requerimiento de la COFEPRIS, quien haya importado Medicamentos que contengan Derivados Farmacológicos o Materia Prima que intervenga en su elaboración, deberá informar el destino que se les haya dado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.