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Artículo 70 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de la Disposición de Órganos, Tejidos y Cadáveres de Seres Humanos

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La COFEPRIS (la agencia que regula medicamentos en México) puede pedirle a la persona o empresa que importó ciertos medicamentos que le diga qué hizo con ellos. Esa persona tiene la obligación de informar a dónde fueron a parar los medicamentos que contienen ingredientes activos o materias primas. Solo aplica cuando la COFEPRIS lo solicite explícitamente. Es un requisito de transparencia para rastrear el uso de esos productos.

Texto oficial

ARTÍCULO 70. A requerimiento de la COFEPRIS, quien haya importado Medicamentos que contengan Derivados Farmacológicos o Materia Prima que intervenga en su elaboración, deberá informar el destino que se les haya dado.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 24) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.