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Artículo 16 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Investigación para la Salud

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando se hagan estudios o investigaciones con personas, se debe cuidar su privacidad. Solo se puede usar su nombre o datos personales si los resultados del estudio lo piden y la persona da su permiso. En otras palabras, nadie puede saber quién participó en el estudio a menos que sea necesario y la persona lo autorice. Esto protege tu identidad y tu información personal.

Texto oficial

ARTICULO 16.- En las investigaciones en seres humanos se protegerá la privacidad del individuo sujeto de investigación, identificándolo sólo cuando los resultados lo requieran y éste lo autorice.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 6) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.