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Artículo 4 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Investigación para la Salud

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice que la Secretaría de Salud y los gobiernos de los estados (incluyendo la Ciudad de México) son los encargados de hacer que se cumpla este reglamento, cada uno en lo que le toca. También menciona que pueden firmar acuerdos entre ellos para ponerse de acuerdo y trabajar juntos en promover la investigación para la salud. En pocas palabras, define quién es el responsable de aplicar las reglas y cómo pueden colaborar.

Texto oficial

ARTICULO 4o.- La aplicación de este Reglamento corresponde a la Secretaría y a los gobiernos de las entidades federativas, incluyendo al Distrito Federal, en el ámbito de sus respectivas competencias y REGLAMENTO DE LA LEY GENERAL DE SALUD EN MATERIA DE INVESTIGACION PARA LA SALUD CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 02-04-2014 3 de 31 en los términos de los Acuerdos de Coordinación que se suscriban para formalizar las acciones que tengan por objeto promover e impulsar el desarrollo de la investigación.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 2) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.