Artículo 61 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Investigación para la Salud
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 61 dice que si se hacen estudios en personas para probar nuevos tratamientos, métodos de diagnóstico o rehabilitación (o mejorar los que ya existen), hay que seguir las reglas de los artículos anteriores y cumplir con lo que dice esta sección de la ley. En otras palabras, si alguien quiere experimentar con nuevos medicamentos o terapias en humanos, debe respetar las normas ya establecidas y las que vienen a continuación. Esto es para proteger a las personas que participan en esos estudios.
Texto oficial
ARTICULO 61.- Cuando se realice investigación en seres humanos, sobre nuevos recursos profilácticos, de diagnóstico, terapéutico y de rehabilitación o se pretenda modificar los ya conocidos, deberá observarse, en lo aplicable, lo dispuesto en los artículos anteriores y satisfacer lo señalado en este Título.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.