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Artículo 112 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Investigación para la Salud

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 112 dice que las comisiones y las autoridades que reciban información de los investigadores deben guardar secreto sobre lo que les reporten. Esto es especialmente importante cuando las investigaciones tienen que ver con inventos, tecnología o procesos que puedan venderse o patentarse. La idea es proteger los datos para que nadie los robe o los use sin permiso antes de tiempo. En pocas palabras, lo que los investigadores descubren como secreto laboral o comercial debe mantenerse bajo llave.

Texto oficial

ARTICULO 112.-Las comisiones y las autori• dades a las que éstas informen mantendrán con• fIdencialidad sobre los reportes que reciban de los investigadores, principalmente si las investi• gaciones están relacionadas con el desarrollo de insumos. tecnología y otros procesos aplicativos susceptibles de patentes o desarrollo comercial. TITULO SEXTO De la Ejecución de la Investigación en las Instituciones de Atención a la Salud CAPITULO UNICO

Ver ley oficial en el DOF (pág. 14) ↗

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