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Ley
REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Investigación para la Salud
Artículo
28

Artículo 28 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Investigación para la Salud

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 28 dice que solo se pueden hacer investigaciones sobre salud humana en comunidades si se espera que les traigan un beneficio seguro. Además, solo se permiten cuando estudios pequeños anteriores no hayan dado resultados claros o definitivos. En pocas palabras, no se pueden usar comunidades como conejillos de indias solo por curiosidad. Tiene que haber una posibilidad real de que les ayude y que valga la pena.

Texto oficial

ARTICULO 28.-Las investigaciones refe• ridas a la salud humana en comunidades serán ~dmlslbles cuando el beneficio esperado para esta sea razonablemente asegurado y cuando los estudIOS efectuados en pequeña escala no hayan producido resultados concluyentes.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Investigación para la Salud (pág. 5) ↗

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