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Artículo 51 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Investigación para la Salud

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si una mujer está dando pecho, solo pueden hacerle estudios médicos si no hay ningún peligro para su bebé. O también si ella decide no seguir amamantando, tiene otra forma para alimentar a su hijo y firma un documento donde acepta el estudio. Esa firma debe cumplir con lo que dicen las reglas del artículo 21, 22 y 43 de esta ley.

Texto oficial

ARTICULO 51.-Las investigaciones en mu• jeres durante la lactancia serán autorizadas cuando no exista riesgo para el lactante o cuando la madre decida no amamantarlo, se asegure su alimentación por otro método y se obtenga la carta de consentimiento informado de acuerdo a lo estipulado en los artículos 21, 22 Y 43 de este Reglamento.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 7) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.