Artículo 86 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Investigación para la Salud
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando se hagan experimentos con ADN modificado en laboratorios, deben diseñarse de manera que sea muy difícil que ese material se escape al ambiente. Para lograrlo, hay que elegir las bacterias o células (huésped) y los vehículos genéticos (vector) más seguros que reduzcan el riesgo de que las moléculas creadas salgan del laboratorio. También hay que considerar de dónde viene el material genético original y seguir las reglas técnicas que ponga la Secretaría de Salud.
Texto oficial
ARTICULO 86.--Las investigaciones con ácidos nucleicos recombínantes deberán dise• ñarse en tal forma que se logre el máximo nivel de contención biológica, seleccionando los sis• temas de huésped y vector idóneos que dismi• nuyan la probalidad de diseminación fuera del labortorio de las moléculas recombinantes. to• mando en cuenta el origen del material genético y las normas técnicas que emita la Secretaría.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.