Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 15 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Publicidad

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice que las reglas generales sobre publicidad de servicios de salud aplican siempre y cuando no contradigan lo que dice cada capítulo especial para algún producto o servicio. O sea, si hay una regla específica para algo como un medicamento o un tratamiento, esa regla especial es la que se usa, no la general. Es como cuando tienes una regla para todo el salón de clases, pero luego hay una regla especial para los teléfonos: esa regla especial se aplica primero. Así, lo general no estorba lo particular.

Texto oficial

ARTÍCULO 15. Las disposiciones contenidas en este Título se aplicarán sin perjuicio de lo establecido en los capítulos específicos de este Reglamento para cada producto, servicio o actividad. TÍTULO SEGUNDO Publicidad de la prestación de servicios de salud Capítulo único REGLAMENTO DE LA LEY GENERAL DE SALUD EN MATERIA DE PUBLICIDAD CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 08-09-2022 5 de 32

Ver ley oficial en el DOF (pág. 4) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.