Artículo 23 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Publicidad
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando se anuncie comida o refrescos, los anuncios deben avisarte si el producto tiene algo que debas saber, como exceso de azúcar o calorías. También tienen que incluir mensajes que te inviten a comer balanceado o a tener buena higiene, como lavarte las manos. Si el anuncio ya muestra o dice cosas positivas sobre una alimentación saludable o los buenos hábitos de limpieza, entonces la empresa puede omitir esos mensajes de audio. Básicamente, si la imagen o el video ya lo dejan claro, no hace falta que lo repitan hablando.
Texto oficial
ARTÍCULO 23. La publicidad de alimentos y bebidas no alcohólicas deberá incluir mensajes precautorios sobre la condición del producto, así como mensajes promotores de una alimentación equilibrada o de fomento de buenos hábitos higiénicos. El anunciante tendrá la opción de no incluir mensajes en audio, cuando en el propio anuncio se promuevan los aspectos señalados en el párrafo anterior.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.