- Ley
- REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Investigación para la Salud
- Artículo
- 125
Artículo 125 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Investigación para la Salud
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando vayas a consulta con un psicólogo o psiquiatra sin que te internen en un hospital, ellos deben seguir las reglas del Capítulo III de este reglamento para atenderte. Eso quiere decir que tanto el especialista como la atención que recibas tienen que cumplir con ciertos requisitos establecidos en la ley. Es como si el psicólogo tuviera un instructivo oficial que debe seguir para darte el servicio.
Texto oficial
ARTICULO 125.- Para la prestación de atención ambulatoria, los profesionales de la salud mental, se ajustarán a los artículos aplicables del Capítulo III de este Reglamento.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.