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Artículo 133 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Investigación para la Salud

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Todo lo que una persona con problemas de salud mental le cuente al psiquiatra o al personal de salud durante su tratamiento debe mantenerse en secreto. Esa información solo se puede usar para ayudarlo en su terapia o para investigación médica. Nadie más puede enterarse de lo que dijo, a menos que un juez o una autoridad de salud lo ordene por escrito.

Texto oficial

ARTICULO 133.- La información personal que el enfermo mental proporcione al médico psiquiatra o al personal especializado en salud mental, durante su tratamiento, será manejada con discreción, confidencialidad y será utilizada únicamente con fines científicos o terapéuticos. Sólo podrá ser dada a conocer a terceros, mediante orden de la autoridad judicial o sanitaria.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 23) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.