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Artículo 203 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Investigación para la Salud

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los estudios de ultrasonido (como los que se hacen en el embarazo) deben realizarse siguiendo las reglas oficiales que pone la Secretaría de Salud. Esas reglas indican cómo usar el equipo y cómo atender al paciente para que todo sea seguro. Nadie puede hacer un ultrasonido a lo loco, tiene que cumplir con esas normas.

Texto oficial

ARTICULO 203.- La aplicación de los procedimientos de ultrasonografía deberán sujetarse a las normas oficiales mexicanas que emita la Secretaría. Artículo reformado DOF 01-11-2013

Ver ley oficial en el DOF (pág. 39) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.