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Artículo 225 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Investigación para la Salud

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Para sacar los permisos que menciona el artículo anterior, no solo debes cumplir con lo que dice la Ley y este Reglamento, sino también con las Normas Oficiales Mexicanas (NOM) que apliquen en tu caso. Las NOM son reglas técnicas obligatorias que establecen requisitos específicos, como por ejemplo, cómo deben ser los espacios o los equipos. En pocas palabras, tienes que seguir tanto la ley general como esas normas técnicas para que te autoricen el permiso.

Texto oficial

ARTICULO 225.- Para obtener los permisos a que se refiere el artículo anterior, además de cumplir con las obligaciones que establece la Ley y el presente Reglamento, se estará a lo previsto por las normas oficiales mexicanas correspondientes. Artículo reformado DOF 01-11-2013 REGLAMENTO DE LA LEY GENERAL DE SALUD EN MATERIA DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE ATENCIÓN MÉDICA CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 17-07-2018 45 de 56

Ver ley oficial en el DOF (pág. 44) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.