- Ley
- REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Investigación para la Salud
- Artículo
- 237
Artículo 237 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Investigación para la Salud
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Secretaría (una dependencia del gobierno federal) y los gobiernos de cada estado pueden ordenar y aplicar medidas de seguridad, pero cada uno solo en lo que le corresponde según sus facultades. Los municipios participan solo si firman acuerdos con el gobierno de su estado y si las leyes locales lo permiten. En pocas palabras, quien manda en esto son el gobierno federal y los estatales, y los municipios entran si hay un convenio de por medio.
Texto oficial
ARTICULO 237.- Son competentes para ordenar o ejecutar medidas de seguridad, la Secretaría y los gobiernos de las entidades federativas, en el ámbito de sus respectivas competencias. Párrafo reformado DOF 01-11-2013 La participación de los municipios estará determinada por los convenios que celebren con los gobiernos de las respectivas entidades federativas y por lo que dispongan los ordenamientos locales.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
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