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Artículo 51 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Investigación para la Salud

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Las autoridades de salud y los hospitales deben decirte cómo puedes presentar quejas, reclamaciones o sugerencias sobre la atención médica que recibes. También puedes reportar si algún médico, enfermera o trabajador del sistema de salud (sea público o privado) no actuó con honestidad o se portó mal. Es un derecho para que puedas expresar tu descontento o ideas para mejorar el servicio. Las instituciones tienen la obligación de establecer los pasos claros para que hagas esto. En pocas palabras, si algo no te gustó en tu consulta o trámite médico, tienes cómo reclamar de forma fácil.

Texto oficial

ARTICULO 51.- Las autoridades sanitarias competentes y las propias instituciones de salud, señalarán los procedimientos para que los usuarios de los servicios de atención médica, presenten sus quejas, reclamaciones y sugerencias, respecto de la prestación de los mismos y en relación a la falta de probidad, en su caso, de los servidores públicos o privados.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 9) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.