Artículo 51 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Investigación para la Salud
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Las autoridades de salud y los hospitales deben decirte cómo puedes presentar quejas, reclamaciones o sugerencias sobre la atención médica que recibes. También puedes reportar si algún médico, enfermera o trabajador del sistema de salud (sea público o privado) no actuó con honestidad o se portó mal. Es un derecho para que puedas expresar tu descontento o ideas para mejorar el servicio. Las instituciones tienen la obligación de establecer los pasos claros para que hagas esto. En pocas palabras, si algo no te gustó en tu consulta o trámite médico, tienes cómo reclamar de forma fácil.
Texto oficial
ARTICULO 51.- Las autoridades sanitarias competentes y las propias instituciones de salud, señalarán los procedimientos para que los usuarios de los servicios de atención médica, presenten sus quejas, reclamaciones y sugerencias, respecto de la prestación de los mismos y en relación a la falta de probidad, en su caso, de los servidores públicos o privados.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.