Artículo 108 del Reglamento Abrogado
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El dinero que se aparta en el presupuesto para proteger la salud de las personas lo va a manejar la Comisión, pero no directamente, sino a través de un fideicomiso (que es como una cuenta de confianza). Ese fideicomiso lo va a crear el Gobierno Federal especialmente para esto. En pocas palabras, el gobierno pone el dinero en un fondo especial y la Comisión lo administra para asegurar que se use bien en servicios de salud.
Texto oficial
Artículo 108. La previsión presupuestal se administrará y operará por la Comisión a través del fideicomiso que constituya el Ejecutivo Federal para tales efectos. Artículo reformado DOF 17-12-2014 REGLAMENTO DE LA LEY GENERAL DE SALUD EN MATERIA DE PROTECCIÓN SOCIAL EN SALUD CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 17-12-2014 30 de 40
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