Artículo 125 del Reglamento Abrogado
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cada tres años, el gobierno revisa cuánto te toca pagar si estás en un programa de ayuda familiar, o si calificas para no pagar nada. Esto se hace con base en un estudio de tu situación económica que aplica la Comisión encargada. El estudio sigue las reglas del artículo 77 Bis 5, inciso A, fracción IX de la misma ley (que explica cómo medir los ingresos y gastos de tu familia). Así que no te preocupes por calcularlo, ellos lo hacen por ti según tu caso.
Texto oficial
Artículo 125. El monto que corresponderá pagar por concepto de cuota familiar a cada familia beneficiaria o en su caso, la determinación de su sujeción al régimen no contributivo, se determinará cada tres años a partir del instrumento de evaluación socioeconómica que para tales efectos establecerá la Comisión, de conformidad con el artículo 77 Bis 5, inciso A fracción IX de la Ley.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.