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Artículo 72 del Reglamento Abrogado

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La evaluación del Sistema es un estudio serio, hecho con métodos científicos, que sirve para medir si se están cumpliendo las metas y objetivos del Sistema y con qué tanta eficiencia. Los resultados de este estudio ayudan a mejorar la forma en que opera el Sistema y a ajustar las reglas relacionadas con él. También sirven para que haya transparencia y se pueda rendir cuentas a la ciudadanía. La Comisión está obligada a publicar los resultados de esa evaluación en internet apenas los tenga listos.

Texto oficial

Artículo 72. Se entenderá por evaluación del Sistema al estudio con bases científicas, diseñado específicamente para medir y explicar en qué medida y con qué eficiencia se están alcanzando los objetivos y metas definidas en la operación del Sistema. Los resultados de la evaluación permitirán adecuar las estrategias de operación y la definición de las políticas relacionadas con el Sistema, debiendo contribuir con información para los procesos de transparencia y rendición de cuentas, debiendo la Comisión publicar, a través de los medios de comunicación electrónicos, los resultados obtenidos en la evaluación una vez que se cuenten con ellos. Artículo reformado DOF 08-06-2011

Ver ley oficial en el DOF (pág. 16) ↗

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