Artículo 18 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Sanidad Internacional
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El gobierno revisa que los animales, objetos y sustancias que entran o salen del país estén limpios y no representen un riesgo para la salud, siguiendo las reglas que marca la ley. También aplica lo mismo para órganos, tejidos, productos o cadáveres de personas que se muevan entre países. En el caso de plantas y animales de campo, se debe cumplir además con una ley especial llamada Ley de Sanidad Fitopecuaria.
Texto oficial
ARTICULO 18.-El control sanitario de animales, objetos y substancias, así como de su importación y exportación, se sujetará a las disposiciones relativas contenidas en la ley y sus reglamentos. Lo mismo se observará en el caso del control sanitario internacional de la disposición de órganos, tejidos, productos y cadáveres de seres humanos. Tratándose del control de sanidad Fitopecuaria, se estará además, a lo previsto por la Ley de Sanidad Fitopecuaria de los Estados Unidos Mexicanos. CAPITULO II Sanidad en Materia de Inmigración
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