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Ley
REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Sanidad Internacional
Artículo
25

Artículo 25 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Sanidad Internacional

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si llegas a México y estás enfermo, las autoridades de salud van a estar al pendiente de ti. Te van a dar la atención médica que necesites, pero vas a tener que pagar los gastos que se generen por tu tratamiento. Ojo, dice "en su caso", así que puede que no siempre te cobren, pero la ley sí establece que tú debes cubrir esos costos.

Texto oficial

ARTICULO 25.-Las personas que al arribar al Territorio Nacional padezcan alguna enfermedad y, por lo mismo, queden bajo vigilancia de la Secretaría, se les proporcionará la atención médica que requieran pagando, en su caso, los gastos ocasionados por tal motivo. CAPITULO III Sanidad Marítima, Aérea y Terrestre

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Sanidad Internacional (pág. 6) ↗

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