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Artículo 8 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Sanidad Internacional

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría de Salud tiene derecho a pedirte los papeles o documentos sanitarios que necesites en cualquier momento, pero solo cuando así lo diga este reglamento u otras leyes relacionadas. No te la van a pedir por capricho de un funcionario, sino solo en los casos que ya están marcados por las reglas oficiales. Es decir, si estás manejando un negocio que maneja alimentos, medicinas o algo similar, debes tener siempre a la mano tus documentos sanitarios por si te los piden en una revisión. La ley no te avisará antes, así que es mejor que los tengas listos siempre. Esto aplica para cualquier persona que tenga que cumplir con normas de salud, como dueños de restaurantes, farmacias o clínicas.

Texto oficial

ARTICULO 8o.-La documentación sanitaria podrá ser exigida, en cualquier momento, por la Secretaría en los casos establecidos en este Reglamento y demás disposiciones aplicables.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 4) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.