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Artículo 9 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Sanidad Internacional

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Artículo 9 dice qué papeles oficiales se consideran "documentos sanitarios internacionales" para las reglas de salud. Estos son: el reporte de salud de un avión, la declaración de sanidad de un barco, un certificado que comprueba que se eliminaron ratas o que no hacen falta, las cartillas de vacunación internacionales, y cualquier otro documento que pida la Secretaría de Salud u otras leyes.

Texto oficial

ARTICULO 9o.-Para efectos de este Reglamento, se consideran documentos sanitarios internacionales los siguientes: I.-La parte Sanitaria de la declaración general de aeronave; II.-La declaración marítima de sanidad; III.-El certificado de desratización o, en su caso, de exención de desratización; IV.-Los certificados internacionales de vacunación, y V.-Los demás que determine la Secretaría u otras disposiciones aplicables.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 4) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.