Artículo 82 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Sanidad Internacional
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Si no cumples con lo que dicen los artículos 21, 30, 31 y 42 de este reglamento, te van a castigar. Ese castigo será el que marca el artículo 420 de la Ley, que habla de las multas o sanciones correspondientes. Básicamente, si haces algo que esté prohibido ahí, te aplicarán la consecuencia que ya está escrita en esa otra parte de la ley.
Texto oficial
ARTICULO 82.-La violación de las disposiciones contenidas en los artículos 21, 30, 31 y 42 de este Reglamento se sancionará en los términos del artículo 420 de la Ley.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.