Artículo 4 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Trasplantes
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El CENATRA, que es la oficina encargada de los trasplantes, tiene que hacer varias cosas. Debe crear programas para que doctores y hospitales sepan las reglas para manejar órganos, tejidos y células. También tiene que promover la donación con el gobierno federal y los estados, tanto de personas vivas como fallecidas. Además, debe informar a la gente sobre cómo donar, apoyar la investigación médica, y coordinar el sistema nacional de donación y el registro de trasplantes. Por último, se encarga de asignar órganos de donantes fallecidos a quienes los necesitan.
Texto oficial
Artículo 4. Corresponde a la Secretaría por conducto del CENATRA: I. Establecer programas y campañas orientados a difundir entre los responsables sanitarios y los profesionales de la salud, los requisitos sanitarios que se deben satisfacer en la Disposición de Órganos, Tejidos y células con fines de Trasplantes; II. Fomentar en coordinación con las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal y los gobiernos de las entidades federativas, acciones para promover la donación de Órganos, Tejidos y células, tanto en vida como después de acontecida la pérdida de la misma, con fines de Trasplantes; REGLAMENTO DE LA LEY GENERAL DE SALUD EN MATERIA DE TRASPLANTES CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Nuevo Reglamento DOF 26-03-2014 3 de 24 III. Fomentar el desarrollo de programas de estudio e investigación relacionados con la Disposición de Órganos, Tejidos y células, en lo que respecta a Trasplantes; IV. Informar y orientar a la población sobre la donación de Órganos, Tejidos y células con fines de Trasplante, así como, impulsar la participación de los medios de comunicación en la difusión de información relativa a las acciones que impliquen actividades a favor de la cultura de la donación de Órganos, Tejidos y células; V. Coordinar el Subsistema Nacional de Donación y Trasplantes; VI. Coordinar la Distribución y Asignación de Órganos, Tejidos y células de Donadores con pérdida de vida para Trasplante, y VII. Operar el Registro Nacional de Trasplantes.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.