Artículo 87 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Trasplantes
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando un inspector de salud haga una visita para revisar cómo se manejan órganos, tejidos, células, donadores y receptores, puede hacer las pruebas que sean necesarias para asegurarse de que todo cumple con las reglas sanitarias. Si encuentra algún problema o algo fuera de lo normal, tiene la autoridad para ordenar que se investigue de dónde viene la falla. Además, los documentos que se hagan durante esa visita (llamados actas) deben seguir un formato específico que marca la ley.
Texto oficial
Artículo 87. Durante la visita de verificación sanitaria y cuando la autoridad sanitaria lo estime necesario, se realizarán los procedimientos que se requieran para comprobar que los Órganos, Tejidos, células, Donadores y Receptores, reúnen las condiciones sanitarias y requisitos que establecen la Ley, este Reglamento y demás disposiciones jurídicas aplicables. En caso de encontrar alguna irregularidad, deficiencia o anomalía, la autoridad sanitaria podrá ordenar las acciones necesarias para identificar el origen de las fallas o problemas. Las actas que al efecto se levanten, se realizarán conforme a lo dispuesto por el artículo 401, fracción III, de la Ley y demás disposiciones jurídicas aplicables.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.