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Artículo 86 del REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Trasplantes

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría de Salud es la que se encarga de vigilar que se cumplan las reglas de este Reglamento y otras leyes relacionadas. Para hacer su labor de supervisión, debe seguir lo que dice el Título Décimo Séptimo de la Ley. En otras palabras, esta dependencia verifica que todo se haga conforme a las normas, pero siguiendo un procedimiento específico que ya está establecido.

Texto oficial

Artículo 86. Corresponde a la Secretaría de Salud, la vigilancia del cumplimiento de este Reglamento y demás disposiciones jurídicas aplicables, la cual se realizará conforme al Título Décimo Séptimo de la Ley.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 23) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.