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Ley
REGLAMENTO de la Ley General de Turismo
Artículo
47

Artículo 47 del REGLAMENTO de la Ley General de Turismo

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría (que es una dependencia del gobierno) te ayudará si tu estado o la Ciudad de México le pide apoyo para hacer su propio programa local. Esto solo pasa después de que ya se haya publicado el Programa General (el plan nacional). Su ayuda consiste en definir cómo hacerlo (la metodología) y en elaborar el programa paso a paso. En otras palabras, si un estado lo solicita, el gobierno federal le echa la mano para crear su plan.

Texto oficial

Artículo 47.- La Secretaría, una vez publicado el Programa General y a solicitud de los Estados y del Distrito Federal, coadyuvará en la definición de la metodología y elaboración de los Programas Locales.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley General de Turismo (pág. 13) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.