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Ley
REGLAMENTO de la Ley General de Turismo
Artículo
58

Artículo 58 del REGLAMENTO de la Ley General de Turismo

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría de Turismo, con ayuda de un grupo llamado Consejo de Promoción, es la encargada de organizar y coordinar cómo se promociona el turismo de México tanto dentro del país como en el extranjero. Este Consejo funciona según las reglas que marca su propio reglamento interno. Para promover México en otros países, este grupo puede hacer acuerdos con gobiernos extranjeros y organizaciones internacionales. En esos casos, la Secretaría de Turismo le pedirá ayuda a la Secretaría de Relaciones Exteriores para manejar los trámites.

Texto oficial

Artículo 58.- La Secretaría, a través del Consejo de Promoción, dirigirá y coordinará la Promoción Turística en territorio nacional y en el extranjero. El Consejo de Promoción se integrará conforme a lo establecido en su Estatuto Orgánico. En el caso de la Promoción Turística internacional de los Destinos, Atractivos y Servicios Turísticos nacionales, podrán suscribirse convenios y acuerdos de cooperación con órganos gubernamentales de otros países y organizaciones internacionales. En este último supuesto, la Secretaría solicitará la colaboración de la Secretaría de Relaciones Exteriores.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley General de Turismo (pág. 17) ↗

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