Artículo 89 del REGLAMENTO de la Ley General de Turismo
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Para registrarte en el Registro Nacional de Turismo, tienes que dar por lo menos estos datos: tu nombre completo (si eres persona física) o el nombre de tu empresa (si es persona moral), tu RFC y tu nacionalidad. También necesitas poner la dirección donde vas a dar el servicio turístico, tus números de teléfono, correos electrónicos y, si tienes, tu página web y redes sociales. Debes describir de manera clara y sencilla qué servicios turísticos ofreces. Por último, indica la fecha en que abriste o empezaste a operar tu negocio.
Texto oficial
Artículo 89.- Toda solicitud de inscripción al Registro Nacional de Turismo deberá contener, al menos, lo siguiente: I. Nombre o razón social tratándose de personas morales, y nombre completo en caso de personas físicas, Clave de Registro Federal de Contribuyentes, así como nacionalidad del Prestador de Servicios Turísticos; Fracción reformada DOF 25-11-2025 II. Domicilio en el que se prestará el Servicio Turístico; Fracción reformada DOF 25-11-2025 III. Números telefónicos, direcciones de correo electrónico y, en su caso, página web y cuentas oficiales de redes sociales del solicitante; Fracción reformada DOF 25-11-2025 IV. Descripción clara y precisa de los Servicios Turísticos que presta, y V. Fecha de apertura o inicio de operaciones del establecimiento. REGLAMENTO DE LA LEY GENERAL DE TURISMO CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 25-11-2025 25 de 33
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