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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Reg_LGV/50
Ley
REGLAMENTO de la Ley General de Turismo
Artículo
50

Artículo 50 del REGLAMENTO de la Ley General de Turismo

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los papeles que acreditan a tu abogado o representante legal tienes que darlos directamente en la oficina de la Comisión Ejecutiva que está llevando tu caso. Esa oficina es la que guarda el expediente, que es la carpeta con todos los documentos del asunto. Esto aplica dentro del capítulo que habla sobre la asesoría legal del gobierno federal. En pocas palabras, asegúrate de entregar los documentos de tu representante en el lugar correcto.

Texto oficial

Artículo 50. La documentación del representante deberá entregarse a la unidad administrativa de la Comisión Ejecutiva que tenga a su cargo el expediente del caso. CAPÍTULO VIII DE LA ASESORÍA JURÍDICA FEDERAL SECCIÓN I DISPOSICIONES GENERALES

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley General de Turismo (pág. 16) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.