Artículo 51 del REGLAMENTO de la Ley General de Turismo
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Hay una oficina del gobierno federal que se llama Asesoría Jurídica Federal, y su chamba es darle ayuda legal a las víctimas de algún delito, o incluso representarlas si es necesario. Esta oficina está formada por una Junta Directiva, un Director General y varios equipos de trabajo, donde hay asesores legales, personal técnico y administrativo. La forma en que se organizan estos equipos la define la propia Junta Directiva, pero siempre siguiendo las reglas del Estatuto Orgánico de la institución. Además, los equipos de trabajo se dividen según los temas que menciona el artículo 167, fracción II, de la misma ley.
Texto oficial
Artículo 51. La Asesoría Jurídica Federal será la unidad administrativa encargada de brindar asesoría jurídica y, en su caso, representar a las víctimas. La Asesoría Jurídica Federal estará compuesta por una Junta Directiva, un Director General y las áreas administrativas a las que se integrarán los asesores jurídicos y el personal técnico y administrativo, en los términos que establezcan las bases de organización y funcionamiento emitidas por la propia Junta Directiva, las cuales se sujetarán al Estatuto Orgánico. Las áreas administrativas de la Asesoría Jurídica Federal se organizarán conforme a las materias que señala el artículo 167, fracción II, de la Ley.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.