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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Reg_LGV/86
Ley
REGLAMENTO de la Ley General de Turismo
Artículo
86

Artículo 86 del REGLAMENTO de la Ley General de Turismo

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Comité Interdisciplinario Evaluador es un grupo de expertos de distintas áreas que va a revisar los papeles y datos que entregues como víctima. Para hacerlo, se van a guiar por las reglas básicas que marca el artículo 5 de esta Ley, que son como los valores fundamentales del proceso. Esto significa que van a analizar tu caso con cuidado y siguiendo esos lineamientos, no a su criterio personal.

Texto oficial

Artículo 86. El Comité Interdisciplinario Evaluador valorará y analizará los documentos y la información proporcionada por la víctima basándose en los principios rectores establecidos en el artículo 5 de la Ley.

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley General de Turismo (pág. 25) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.