Artículo 121 del REGLAMENTO de la Ley General de Vida Silvestre
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si quieres renovar tu licencia como prestador de servicios, tienes que llenar una solicitud donde pongas el número de tu licencia anterior y afirmes, bajo protesta de decir verdad, que tienes permiso del dueño del terreno o de la Unidad Médica de Alta Especialidad (UMA) donde vas a trabajar. También debes adjuntar la copia de la licencia que ya tenías. La Secretaría tiene hasta diez días hábiles contados desde que entregas los papeles para darte una respuesta. Recuerda que esta licencia solo dura un año desde que te la expiden.
Texto oficial
Artículo 121. Los interesados en refrendar la licencia de prestador de servicios deberán presentar una solicitud en la que señalen el número de la licencia anterior y declaren bajo protesta de decir verdad que cuenta con la autorización del titular de la UMA o predio donde desarrollará sus actividades. A la solicitud anexará la licencia otorgada con anterioridad. La Secretaría resolverá las solicitudes de refrendo de licencia de prestador de servicios dentro de los diez días hábiles siguientes a la presentación de las solicitudes correspondientes. Las licencias de prestadores de servicios tendrán una vigencia de un año a partir de la fecha de expedición.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.