Artículo 63 del REGLAMENTO de la Ley General de Vida Silvestre
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando pidas el permiso de importación de animales, plantas o sus partes (como cueros, plumas o semillas), debes entregar estos documentos: primero, una lista detallada de lo que quieres traer, con su nombre científico y común, el país de donde viene y la cantidad. Segundo, una copia simple del permiso de exportación del país de origen, que esté a tu nombre o al de la empresa que representas. Tercero, si aplica, el sistema de marcas o identificadores que exige la CITES (el acuerdo internacional que regula el comercio de especies protegidas). Esto es para que las autoridades sepan exactamente qué estás importando y que todo es legal.
Texto oficial
Artículo 63. A la solicitud señalada en el artículo anterior se anexará la siguiente documentación: I. Relación y descripción de los ejemplares, partes y derivados de la vida silvestre, en la que se indique nombre científico, nombre común, país de origen, país de procedencia y cantidad; II. Copia simple del permiso o certificado CITES de exportación del país de origen o procedencia a nombre del solicitante o de la empresa representada, y III. Sistema de marca con las especificaciones correspondientes, cuando sea requerido por las disposiciones o resoluciones de la CITES.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.