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Artículo 15 del REGLAMENTO de la Ley de Geotermia

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si vas a hacer exploración de gas, petróleo u otros recursos energéticos, y para eso necesitas poner maquinaria o perforar pozos, primero tienes que hacer y entregar a la Secretaría un estudio llamado Manifestación de Impacto Social. En ese estudio debes explicar cómo afectará tu proyecto a las comunidades, y si hay pueblos indígenas o afromexicanos cerca, también tienes que consultarlos de manera libre y con información clara antes de empezar. Todo ese trámite y la autorización del estudio deben hacerse antes de que te den el permiso para explorar.

Texto oficial

Artículo 15. Quienes pretendan realizar actividades de Exploración que requieran la instalación de infraestructura o perforación de pozos, deben elaborar y presentar a la Secretaría una Manifestación de Impacto Social del Sector Energético en términos de la normatividad y disposiciones que resulten aplicables, incluidas aquellas relativas a la consulta indígena, previa, libre e informada a un pueblo o comunidad indígena o afromexicana conforme al artículo 4 de la Ley. El procedimiento para el trámite de la Manifestación de Impacto Social del Sector Energético, así como el procedimiento de autorización debe substanciarse previo al otorgamiento del Permiso de Exploración.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 5) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.