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Artículo 29 del REGLAMENTO de la Ley de Geotermia

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El agua geotérmica es un recurso que pertenece a todos, así que para usarla necesitas un permiso especial llamado "concesión". Ese permiso lo tramitas con la CONAGUA (la autoridad del agua en México). Además, debes cumplir con todas las leyes y normas ambientales y del agua, incluyendo las Normas Oficiales Mexicanas que correspondan.

Texto oficial

Artículo 29. Dado el carácter público del recurso hídrico, la explotación, uso o aprovechamiento de las Aguas Geotérmicas debe realizarse mediante concesión de agua otorgada por la CONAGUA, de conformidad con lo establecido en las disposiciones previstas en la legislación y normatividad aplicable en materia ambiental e hídrica y, Normas Oficiales Mexicanas aplicables.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 10) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.