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Ley
REGLAMENTO de la Ley de Geotermia
Artículo
5

Artículo 5 del REGLAMENTO de la Ley de Geotermia

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice que la Secretaría es la única que puede crear o actualizar reglas generales que aplican para todos, como decretos, normas oficiales, acuerdos, formatos o manuales. Estas reglas pueden ser obligaciones generales o específicas sobre lo que dice la Ley y el Reglamento. Esto no quita que otras dependencias del gobierno federal también tengan facultades para hacer lo mismo cuando les corresponda. En pocas palabras, la Secretaría es la encargada de sacar las reglas del juego.

Texto oficial

Artículo 5. Corresponde a la Secretaría, en el ámbito de su competencia, la emisión o actualización de los actos administrativos de carácter general, tales como decretos, acuerdos, normas, Normas Oficiales Mexicanas, circulares y formatos, así como los lineamientos, criterios, metodologías, guías, directivas, reglas, manuales, disposiciones que tengan por objeto establecer obligaciones generales, específicas o de cualesquier naturaleza análoga a los actos anteriores, respecto de las actividades reguladas en la Ley y en el Reglamento, sin perjuicio de las facultades que, de ser el caso, correspondan a otras dependencias y entidades de la Administración Pública Federal. CAPÍTULO II De la Planeación Vinculante

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley de Geotermia (pág. 2) ↗

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