Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 6 del REGLAMENTO de la Ley de Geotermia

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría de Energía, al dar permisos o concesiones, tiene que seguir lo que dicen los planes oficiales del sector energético y las reglas que ella misma haya emitido para la planeación vinculante (es decir, planes que son obligatorios para todos). Además, la Secretaría de Medio Ambiente y sus instituciones relacionadas deben ayudar a que esos planes se lleven a cabo sin obstáculos.

Texto oficial

Artículo 6. La Secretaría, para el otorgamiento de permisos y Concesiones, en el ámbito de su competencia, debe considerar lo establecido en los instrumentos de planeación del Sector Energético aplicables, así como el cumplimiento de las disposiciones administrativas de carácter general para la planeación vinculante que expida la Secretaría. De igual forma, la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, sus órganos administrativos desconcentrados y entidades paraestatales sectorizadas deben facilitar la implementación de la planeación vinculante.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 2) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.