Artículo 7 del REGLAMENTO de la Ley de Geotermia
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 7 dice que las reglas generales que emita el gobierno sobre energía geotérmica deben incluir, por lo menos, cómo se va a medir si se cumplió la planeación que es obligatoria para dar permisos o concesiones. Esas reglas tienen que estar de acuerdo con lo que ya marcan otras leyes y planes del sector energético. En pocas palabras, se aseguran de que todo esté coordinado y siga el mismo camino al momento de autorizar proyectos geotérmicos.
Texto oficial
Artículo 7. Las disposiciones administrativas de carácter general referidas en el artículo anterior deben establecer, al menos, los criterios para evaluar el cumplimiento de la planeación vinculante para el otorgamiento de permisos y Concesiones del Sector Energético en materia de geotermia. Los criterios deben estar alineados a lo establecido en los artículos 2 de la Ley de Planeación y Transición Energética, 12 de la Ley del Sector Eléctrico y en los instrumentos de planeación del Sector Energético aplicables.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.