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Artículo 9 del REGLAMENTO de la Ley de Geotermia

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice que la Secretaría de Energía tiene la obligación de apoyar la investigación y el desarrollo de proyectos que usen el calor de la tierra (geotermia), incluso en pozos petroleros viejos que ya no sirven para sacar petróleo. También debe fomentar que haya más personas capacitadas y que se transfieran tecnologías para que México pueda aprovechar mejor este tipo de energía limpia. Todo esto se hace para que el país sea más independiente en su consumo de energía, tenga más fuentes de electricidad (diversificación) y avance hacia energías menos contaminantes (Transición Energética). En pocas palabras, busca que México use mejor su propio calor de la tierra y no dependa tanto de otros países o del petróleo.

Texto oficial

Artículo 9. Para fortalecer el aprovechamiento y seguimiento a los Usos Diversos, la reconversión y utilización de pozos petroleros con fines de aprovechamiento geotérmico, así como la geotermia no convencional, en los distintos sectores productivos del país, la Secretaría debe promover la investigación, el desarrollo tecnológico, la transferencia de tecnología, la formación de recursos humanos especializados y el desarrollo de proyectos a partir de Recursos Geotérmicos, a fin de coadyuvar con la soberanía, la Justicia Energética y la autosuficiencia energética, como parte de la diversificación y la Transición Energética.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 2) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.