Artículo 90 del REGLAMENTO de la Ley de Geotermia
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Una vez que la Secretaría te avise que tu permiso para usar un área geotérmica se terminó antes de tiempo (como dice el artículo anterior), tiene hasta 40 días hábiles para decidir qué va a hacer con esa área y a quién se la va a dar después. Para tomar esa decisión, la Secretaría debe checar en qué estado está el área: si funciona bien, si tiene problemas de dinero, de seguridad, con la comunidad o con el medio ambiente, cuánto tiempo le quedaba a tu permiso y cualquier otra cosa que considere importante. Básicamente, revisan todo antes de asignarle el área a otra persona o empresa.
Texto oficial
Artículo 90. Notificada la terminación anticipada de la Concesión en los términos señalados en el artículo anterior, dentro de los siguientes cuarenta días hábiles, la Secretaría debe determinar el procedimiento a seguir para reasignar el Área Geotérmica situada en supuesto indicado. Lo anterior debe tomar en consideración las condiciones técnicas, financieras, sociales, de seguridad y ambientales en que se encuentre el Área Geotérmica, la vigencia de la Concesión, y demás elementos que estime relevantes. TÍTULO SEXTO DEL PROCEDIMIENTO DE INSPECCIÓN, VERIFICACIÓN Y SEGUIMIENTO CAPÍTULO I Disposiciones Generales
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.