Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Reg_LHidro/12
Ley
Reglamento Abrogado
Artículo
12

Artículo 12 del Reglamento Abrogado

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría tiene hasta 15 días hábiles (esto es, sin contar sábados, domingos ni días festivos) para darte una respuesta sobre si te dan o no la Asignación, después de que reciban el dictamen técnico de la Comisión. El dictamen técnico es como un informe especializado que ya evaluó tu caso. Así que, una vez que la Comisión entregue ese informe, la Secretaría debe resolver dentro de ese plazo.

Texto oficial

Artículo 12.- La Secretaría resolverá sobre el otorgamiento de la Asignación dentro de los quince días hábiles siguientes a la recepción del dictamen técnico emitido por la Comisión.

Ver texto oficial del Reglamento Abrogado (pág. 4) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.