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Artículo 37 del Reglamento Abrogado

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Artículo 37 dice que los Lineamientos Técnicos (que son como el manual de reglas para una licitación o concurso) deben incluir mínimo lo siguiente: 1. **Qué se va a licitar**, o sea, el objetivo del concurso. 2. **Los requisitos** que deben cumplir las empresas para participar, según el Artículo 23 de la Ley. Estos requisitos los puede cumplir una empresa relacionada (como una hermana o subsidiaria) o un socio del consorcio (grupo de empresas). 3. **Si el gobierno mexicano va a participar** a través de una empresa productiva del Estado (como Pemex) o de un fondo especial, debe explicarse cómo y en qué términos, según el Artículo 16 de la Ley. 4. **Las garantías** que piden para asegurar que las propuestas de los participantes van en serio (como un depósito o fianza). 5. **Las razones por las que pueden rechazar** una propuesta, por ejemplo, si no cumple con los requisitos. 6. **Las razones para no firmar** contratos de exploración y extracción de petróleo o gas.

Texto oficial

Artículo 37.- Los Lineamientos Técnicos contendrán por lo menos lo siguiente: I. El objeto de la licitación; II. Los requisitos para acreditar los criterios de precalificación establecidos en el artículo 23 de la Ley. Dichos requisitos podrán acreditarse mediante empresas relacionadas o por conducto de algún socio o integrante de un consorcio. III. En su caso, las características y términos de la participación del Estado mexicano a través de alguna empresa productiva del Estado o de un vehículo financiero especializado, de conformidad con el artículo 16 de la Ley; IV. Las garantías de seriedad de las propuestas; V. Las causales para no considerar o desechar propuestas, y VI. Las causales para no celebrar Contratos para la Exploración y Extracción.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 11) ↗

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